La ley Federal en el Título VII y en la Acta de Empleo de California y la Ley de Vivienda prohíbe la discriminación y el acoso basado en el sexo de un empleado. Discriminación por razón de sexo, embarazo, parto o condiciones médicas relacionadas está prohibido.
Las dos principales categorías de acoso sexual "quid pro quo" acoso y "ambiente de trabajo hostil" acoso. El acoso sexual puede incluir también el comportamiento que no es sexual, como por ejemplo los supervisores masculinos gritando en el lugar trabajo a las empleadas de una forma más energética y de forma más frecuente que a los trabajadores de sexo masculino.
¿Qué es el "quid pro quo" acoso?
"Quid pro quo" es la palabra latina para "esto por eso" y se refiere al tipo de acoso sexual en el que un supervisor toma en cuenta la conducta sexual de un empleado como condición de empleo o promoción.
¿Qué es un "ambiente de trabajo hostil" el acoso sexual?
"Ambiente de trabajo hostil" el acoso sexual ocurre cuando un empleado está sujeto a los avances indeseables o sometidos a un lenguaje ofensivo relacionado al sexo del empleado lo que crea un ambiente abusivo.